jueves, 7 de marzo de 2013

Datos Curiosos

Datos curiosos






Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información


Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información

La Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (CMSI) fue un evento internacional organizado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) centrado en los aspectos sociales de la Sociedad de la Información.Segunda sesión plenaria y preliminar de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, 18 al 25 de febrero de 2005. Edificio de la ONU en Ginebra, Suiza.

Objetivo
Eliminar la brecha digital (digital divide en inglés) existente en el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones en el mundo, específicamente las Telecomunicaciones e Internet, y preparar planes de acción y políticas para reducir dicha desigualdad.
Participantes
Gobiernos nacionales, el sector privado, organizaciones representantes de la sociedad civilNaciones Unidas y sus organismos especializados.La cumbre tuvo dos fases:
Primera fase de la CMSI: realizada del 10 al 12 de diciembre de 2003. En la cual se adoptó una Declaración de Principios y un Plan de Acción. La sede elegida fue Ginebra(Suiza); y
La Segunda fase de la CMSI: realizada del 16 al 18 de noviembre de 2005, en Túnez.
Antecedentes
En la Declaración del Milenio Naciones Unidas establece, entre otros principios, una serie de decisiones tomadas respecto a la eliminación de la pobreza en el mundo, las acciones a tomar consideran la eliminación de la Brecha Digital, como uno de los objetivos importantes en la lucha contra el subdesarrollo. Algunos de estos dicen:
I. Valores y principios:
6. Consideramos que determinados valores fundamentales son esenciales para las relaciones internacionales en el siglo XXI:
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• La igualdad. No debe negarse a ninguna persona ni a ninguna nación la posibilidad de beneficiarse del desarrollo. Debe garantizarse la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres.
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III. El desarrollo y la erradicación de la pobreza:
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11. No escatimaremos esfuerzos para liberar a nuestros semejantes, hombres, mujeres y niños, de las condiciones abyectas y deshumanizadoras de la pobreza extrema, a la que en la actualidad están sometidos más de 1.000 millones de seres humanos. Estamos empeñados en hacer realidad para todos ellos el derecho al desarrollo y a poner a toda la especie humana al abrigo de la necesidad.
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20. Decidimos también:
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• Elaborar y aplicar estrategias que proporcionen a los jóvenes de todo el mundo la posibilidad real de encontrar un trabajo digno y productivo.
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• Velar por que todos puedan aprovechar los beneficios de las nuevas tecnologías, en particular de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, conforme a las recomendaciones formuladas en la Declaración Ministerial 2000 del Consejo Económico y Social.
La Resolución 73 de la Conferencia de Plenipotenciarios de la UIT (Minneapolis, 1998) resolvió encargar al Secretario General de la UIT (Unión Internacional de Telecomunicaciones), inscribir en el orden del día del Comité Administrativo de Coordinación (CAC), que pasó a denominarse Junta de Jefes Ejecutivos del Sistema de las Naciones Unidas para la Coordinación (CEB), la cuestión de la celebración de una Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, e informar al ente directivo de la UIT, el Consejo, sobre los resultados de dicha consulta. El Secretario General indicó en su informe a la sesión del Consejo de 1999, que el CAC tuvo una reacción positiva y que la mayoría de las otras organizaciones y organismos especializados de Naciones Unidas expresaron interés en asociarse con la preparación y la celebración de la Cumbre. Se decidió que la Cumbre sería celebrada bajo los auspicios de la Secretaría General de la ONU, y que la UIT asumiría la intervención principal en los preparativos.
En 2001, el Consejo de la UIT decidió celebrar una Cumbre en dos etapas, la primera en Ginebra (Suiza), del 10 al 12 de diciembre de 2003; y la segunda en Túnez, en 2005.
En la Resolución 56/183 de la Asamblea General de las Naciones Unidas se aprobó el marco de la Cumbre adoptado por el Consejo de la UIT así como la función principal de la Unión en la Cumbre y su proceso preparatorio, en cooperación con otras organizaciones y asociados interesados.
La resolución encomienda que se encarguen los preparativos de la Cumbre a un Comité preparatorio intergubernamental de composición abierta, que establecería el programa de la Cumbre, decidiría las modalidades de participación de otros interesados en la Cumbre y concluiría la redacción del proyecto de declaración y el proyecto del plan de acción. Se invita a la UIT a asumir la función administrativa principal de la Secretaría Ejecutiva de la Cumbre y, así mismo, se invita a los gobiernos a participar activamente en el proceso preparatorio de la Cumbre y a enviar a ella representantes del más alto nivel.
Finalmente, en la resolución la Asamblea General alienta asimismo a todos los organismos competentes de las Naciones Unidas y, en particular, al grupo especial de las Naciones Unidas sobre las TIC, a aportar contribuciones. Alienta además a otras organizaciones intergubernamentales y, en particular, a las instituciones internacionales y regionales, las organizaciones no gubernamentales, la sociedad civil y el sector privado; a participar activamente en el proceso preparatorio intergubernamental de la Cumbre y en la propia Cumbre.

Esquemas Resumenes 









Bibliografia

Bibliografia

Libros:
    1. Estudios Sociales y Cívica, Santillana, 2° edición, Luis Beral

Paginas Web:
    1.  http://sociedadinformacion.fundacion.telefonica.com/seccion=1266&idioma=es_ES&id=2010110411480001&activo=6.do

   2. http://www.lostiempos.com/diario/opiniones/columnistas/20110919/los-derechos-de-cuarta-generacion_142330_292911.html

  3. http://es.wikipedia.org/wiki/Cumbre_Mundial_sobre_la_Sociedad_de_la_Informaci%C3%B3n

Actividades

Para Comenzar (pag. 190)

¿Que condiciones son indispensables para garantizar el derecho a la igualdad de acceso a la información?
R/ Un esparcimiento ecualitario de la tecnología.

¿Que utilidad tiene el derecho a la igualdad de acceso a la información en la vida de los ciudadanos?
R/ Todos conocen acerca de las leyes y de como son sus impuestos utilizados.

Actividades (pag. 191)

Pregunta
Compañero 1
Compañero 2
¿Tienes computadora en tu casa?
S
S
¿La computadora tiene acceso a internet?
S
S
¿Cuántas veces a la semana accedes a internet?
4 veces al día
5 veces al día
¿Tienes correo electrónico?
S
S
¿Envías tareas por correo electrónico?
S
N


Pregunta
Profesor  1
Profesor  2
¿Tienes computadora en tu casa?
S
S
¿La computadora tiene acceso a internet?
S
S
¿Cuántas veces a la semana accedes a internet?
6 veces al día
7 veces al día
¿Conocen sus  estudiantes su correo electrónico?
N
N

¿Cómo calificarías el acceso y uso de la tecnología entre tus compañeros y profesores?
R/ Ambas partes utilizan el internet repetidas veces diariamente para diversos usos tanto educativos como sociales.
¿Qué condiciones se cumplen para afirmar que no existe una brecha digital en el país?
R/  Actualmente no se puede decir que el país está en su totalidad inmersa en la tecnología porque hay grupos que no son capaces de accesar a estas.

Tecnologia y Participacion Politica


Tecnología y participación política

No podríamos hablar de libertad de expresión ni de derecho a la información si no consideramos las posibilidades que las redes digitales ofrecen a los ciudadanos de a pie. Las viejas desigualdades estaban de nuevo presentes en los entornos comunicacionales clásicos. Los medios de comunicación de masas antes de la llegada de Internet se caracterizan por su naturaleza profundamente asimétrica: uno habla, muchos escuchan; uno aparece, muchos contemplan. El conocimiento fluye jerárquicamente del centro a la periferia. Los países se dividen entre importadores y exportadores de productos audiovisuales. Todo parece estar preparado para que la nueva brecha digital reproduzca las viejas desigualdades sociales.
Frente a este panorama existen dos posibles consecuencias con respecto a los derechos humanos: En primer lugar, la vía hacia la ‘hipociudadanía', es decir, la eliminación paulatina de la conciencia ciudadana y el desinterés por el ejercicio de nuevos derechos, a través de varias dinámicas políticas: aumento del control social, expansión de la informática a través de estándares propietarios, monopolización de los estándares de hardware, software y patrones de comunicaciones, promoción de un uso simplemente lúdico de las TIC (incluyendo la expansión del sector de las consolas y los videojuegos), fomento de un uso superficial y no comprometido de las redes sociales virtuales, etc. En esta dinámica está claro que el equilibrio entre ciudadanos e instituciones centralizadas se decantaría claramente a favor de éstas, dando lugar a un conocimiento centralizado y a unos flujos de información masivamente unidireccionales -del centro a la periferia-.
En segundo lugar, existe una vía posible hacia una ‘hiperciudadanía', un ejercicio más profundo de la participación política, que podríamos llamar ‘ciudadanía digital' y que nos alejaría de la actitud nihilista y escéptica que acaba siendo inevitable en la dinámica anterior. Implica una exigencia de ejercicio más pleno de los derechos ya consolidados, así como el acceso a derechos intermedios que permitirían nuevas expresiones de ‘metaderechos'. La hiperciudadanía es la consecuencia de una dinámica de implantación de los derechos de cuarta generación, a saber: 
- La apropiación social de la tecnología, lo que supone emplear ésta para fines no sólo de excelencia técnica sino también de relevancia social; además, favorece el uso de la tecnología para fines diferentes de los propuestos por sus promotores, en ocasiones contrapuestos a los ‘oficiales', dando lugar a formas contraculturales de diferente signo.
- La utilización consciente del impacto de las TIC sobre la democracia, avanzando desde sus actuales formas representativas hacia nuevas formas de democracia participativa.
- La expansión de una serie de derechos intermedios, que incluye el acceso universal y barato a la información, a la difusión de ideas y creencias sin censura ni fronteras y a través de las redes, así como el acceso permanente al ciberespacio a través de redes abiertas y de un espectro abierto (Open Spectrum).
- La promoción de políticas de inclusión digital, entendiendo como derecho a la inclusión no el simple acceso a la compra de productos y servicios informáticos, sino la creación de una inteligencia colectiva que actúe como recurso estratégico a la hora de insertar una comunidad o un país en un entorno globalizado.
- El derecho a disfrutar de servicios de gobierno electrónicos que acerquen la gestión de los asuntos públicos a los ciudadanos.
- La defensa del concepto de ‘procomún' (commons, bienes comunes), conservando espacios de desarrollo humano cuya gestión no esté sometida a las leyes del mercado y al arbitrio de los especuladores.
- La extensión de la lucha contra la exclusión digital a otras brechas históricas de carácter cultural, económico, territorial y étnico que frenan en la práctica el ejercicio de una plena ciudadanía digital.
- La protección frente a políticas de control y actividades de las instituciones de vigilancia social. Por extensión, protección frente al ejercicio de un biopoder (un poder ejercido tanto en la esfera macrosociales como en la microsocial) potenciado por un uso institucional de las TIC. 
- La apuesta por el software libre, el conocimiento libre y el desarrollo de múltiples formas de cultura popular, con el objetivo de la consolidación de una esfera pública interconectada.
- Por último, el derecho a participar en el diseño de tecnologías que afectan a nuestras vidas, así como en la evaluación previa de las posibles consecuencias de su implantación.
En particular, existen tres elementos que inciden en el desarrollo de esta ciudadanía digital: en primer lugar, la relación entre derechos intermedios y metaderechos; en segundo lugar, la relación entre poder comunicacional como forma de biopoder y la ciudadanía digital, y en tercer lugar, el concepto de Red como ecosistema y como procomún (Benkler & Ostrom), dos formas de enfrentar un contra-poder social al citado poder comunicacional, que dan lugar a la aparición de las ‘comunidades virtuales' como manifestación de procesos de socialización de la innovación y de creación de ‘conocimiento periférico'. Veamos cada uno de ellos.

Ciudadania, Derechos Humanos y Redes Digitales


Ciudadanía, derechos humanos y redes digitales

La cuestión de los derechos humanos ha tenido históricamente dos marcos fundamentales. Por un lado, es un problema clásico de la filosofía política: es la dimensión comunitaria del ser humano la que dicta la necesidad de marcar los límites de la convivencia entre iguales, del alcance de la acción de unos hombres frente a otros.
Quizá debería haber dicho que se trata más de un problema moderno que de uno clásico. Para Platón y Aristóteles, la sociedad es reflejo de un orden natural donde la jerarquía, el orden de las esencias, es garantía de buen funcionamiento. La democracia griega era un sistema de castas donde los derechos de cada uno estaban claramente delimitados por los roles sociales de cada cual. Los hombres no nacían iguales y la posición social de cada uno estaba asociada a la nobleza de su cuna. En Oriente, Confucio también resuelve la cuestión de una forma similar: la sociedad es justa cuando ‘cada cosa es lo que su nombre dice'. De nuevo el orden jerárquico, la búsqueda de una sociedad perfectamente estructurada, evitaba la reflexión sobre los derechos humanos.
Tuvo que llegar la Ilustración para plantearse la génesis de la sociedad desde un ‘estado de naturaleza' donde los hombre son iguales, donde aún no aparecen las diferencias sociales basadas en la riqueza o el poder. El paso de este estado de naturaleza a un estado civil necesita postular unas razones sólidas por las cuales los seres humanos deben desear asociarse. Nace así, con la Ilustración, la noción de ‘contrato social', que define lo que cada individuo está dispuesto a ceder para disfrutar del refugio de la comunidad. Sólo en este contexto tiene sentido hablar de derechos y obligaciones en sentido pleno. Son las llamadas ‘constituciones' o formas de gobierno que apelan a una legitimidad basada en dicho equilibrio de derechos y obligaciones. En este equilibrio se basa el concepto de ciudadanía.
El segundo marco quedó delineado por la filosofía y, más específicamente, por la metafísica. Es la discusión acerca de la naturaleza humana. Si el ser humano tiene una forma de ser que le corresponde en tanto que tal, habrá una serie de atribuciones que le corresponderán independientemente del marco social o temporal en el que su vida se desenvuelva.
Parece una forma atractiva de fundamentar los derechos humanos, sobre todo cuando se apela a la existencia de una supuesta ley natural. El problema nace cuando la definición de ser humano ha venido dictada históricamente por el poder político y el religioso y se ha utilizado casi ininterrumpidamente a lo largo de la historia para condenar con un juicio inapelable todas aquellas conductas que podrían hacer tambalear al sistema. Por tanto, basar los derechos humanos en una supuesta naturaleza humana, como si fuera algo inmutable, trascendente, definida por poderes sobrenaturales, no es sino una proyección al ámbito de la ética de un mecanismo de control social que coloca la jaula en el corazón del hombre. Nuestra esencia no se define apenas en términos biológicos, ni viene predeterminada por una herencia genética. Nuestro ser consiste en transcurrir; y por ello es la existencia, la biografía individual y colectiva la que define a fin de cuentas nuestra esencia.
En este ambiente metafísico, la tecnología ha sido vista con recelo como una realidad opuesta a la naturaleza humana. La distinción entre lo natural y lo artificial, esencialmente en un contexto cultural judeocristiano, ha tenido frecuentemente un tinte de ‘lucha del bien contra el mal'. Salimos del paraíso por comer el fruto del Árbol de la Ciencia, jugamos con fuego cuando usurpamos las atribuciones creadoras de Dios; si la técnica transforma el mundo, lo perfecciona; eso quiere decir que la Creación es imperfecta, por lo que el hombre comete un pecado de soberbia al intentar mejorar lo que Dios ha hecho. Son todas ellas proposiciones que permanecen soterradas en un rancio imaginario colectivo.
En contraposición a esta visión tradicional, Ortega y Gasset tuvo la clarividencia de entender la técnica como una sobre naturaleza para el hombre, una suerte de gran aparato ortopédico que nos permitía vivir la realidad, una forma de humanizar un mundo inhóspito, descarnado y poco acogedor. Si el resto de los seres vivos evolucionan adaptándose al ambiente, nuestra forma natural de evolucionar sería la opuesta: adaptar el mundo al hombre, humanizarlo. No creo, en definitiva, que sea particularmente interesante seguir una vía ontológica para plantear las preguntas claves sobre la relación entre derechos humanos, la ciudadanía y la tecnología. 
La cuestión es cómo enlazar la ciudadanía y los derechos humanos con un fenómeno de naturaleza puramente tecnológica, como es el de las redes digitales, y esta es la base a partir de la cual he elaborado una nueva argumentación.
Estamos acostumbrados a entender la tecnología como una dimensión instrumental de la realidad humana. Desde este punto de vista, las tecnologías son elementos de mediación con la realidad. Amplían el alcance de nuestras posibilidades de acción, multiplican su impacto sobre la naturaleza. En definitiva, todo lo relacionado con lo técnico supone, en gran medida, implementar formas de control y garantizar un mayor grado de cumplimiento de unos objetivos, ya sean individuales o colectivos, culturales o económicos, militares o productivos. Por lo tanto, hablamos de una tecnología aparentemente instrumental y neutra, ya que los objetivos y al ideario a los que sirve vienen definidos por el ámbito de la ética y de la política.
En definitiva, la visión instrumental de la tecnología nos lleva a pensar que cualquier tipo de constitución política, cualquier tipo de ciudadanía, es compatible con cualquier sistema tecnológico; que la democracia es ajena a ciertas decisiones estratégicas acerca del sistema energético, comunicacional y productivo que caracterizan nuestra sociedad.
Nada más lejos de la realidad. Las tecnologías actuales no son simples instrumentos que facilitan la realización de un fin previo al diseño de las mismas. Exceden cualquier explicación puramente instrumental, pues en su aplicación por parte de los usuarios se descubren nuevas potencialidades, nuevas posibilidades emancipadoras... o también más sofisticadas formas de control no previstas inicialmente. Proyectamos un horizonte de interpretación sobre las tecnologías que usamos, de forma que las dotamos de significados que varían de un grupo social a otro, y de un individuo a otro dentro de cada grupo social.
El fenómeno humano no puede ser entendido fuera de su diálogo necesario con la tecnología. Nada está transformando tanto la realidad humana como la tecnociencia en todas sus facetas. Los conceptos de ‘natural' y ‘artificial' se solapan y complementan continuamente y se van modulando entre sí a lo largo de la historia.
Muchos desean todavía hoy mantener en pie ciertas mitologías basadas en la existencia de un supuesto orden natural en el que se basaría el orden social. Esta apelación a la naturaleza del hombre, a la naturaleza de los derechos humanos y al propio concepto de ciudadanía está presente, en el fondo, en casi todo el pensamiento político occidental. Investigar qué es la ciudadanía supondría, por tanto, profundizar en la naturaleza humana y en el orden natural que debe ser respetado para que la armonía reine como el elemento base de la convivencia entre los hombres.
Buscar las raíces de la ciudadanía en la naturaleza humana es expresión de otra versión más actual de la ‘mentira noble' platónica, según la cual era deseable convencer a los hombres de que la clase social a la que pertenecían era consecuencia del tipo de materia prima de la que estaban hechos. Por tanto, sólo cabía aceptar la pirámide social y el orden político basado en un orden natural. No habría derechos humanos como tales, sino prebendas propias del rango social que uno por derecho de cuna ocupaba.
Igual que las clases sociales, los saberes en el paradigma actual también deben estar bien definidos y compartimentados: a un problema político, una solución política; a un problema técnico, una solución técnica. Es una expresión del pensamiento dicotómico que perpetúa la separación de las dos culturas, la humanística y la técnica.
Sin embargo, unir en un mismo contexto ciudadanía y redes digitales muestra la importancia que tiene el entorno de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) para redefinir desde una perspectiva multidisciplinar algunos de los conceptos básicos de la filosofía política. Ese entorno, al que Benkler denomina ‘ecosistema' digital, no se limita a ser un instrumento de control social, ni tampoco una herramienta que aumenta la eficacia de las formas de comunicación que han caracterizado a la sociedad industrial. De hecho, este ecosistema es el campo de batalla donde se libran algunas de las luchas más significativas por los derechos humanos.

Los Derechos de Cuarta Generacion

Los Derechos de Cuarta Generación

Palabras clave: Derechos humanos, Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), Redes digitales, Ciudadanía, Participación política


Los derechos civiles y políticos de primera generación inciden sobre la expresión de libertad de los individuos y proceden de la tradición constitucionalista liberal. Estos derechos están recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y los Pactos internacionales de 1966, a saber: el de los Derechos Civiles y Políticos y el de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
El derecho a la dignidad de la persona y a su autonomía y libertad frente al Estado, su integridad física, las garantías procesales, son derechos propios de la filosofía de la Ilustración y base del contrato social. Se limita así el poder del Estado frente los individuos, estableciendo un equilibrio entre institución y ciudadanos.

¿Una cuarta generación de derechos humanos?
Los derechos de segunda generación se incorporan a partir de una tradición de pensamiento humanista y socialista. Son de naturaleza económica y social e inciden sobre la expresión de igualdad de los individuos, exigiendo la intervención del Estado para garantizar una acceso igualitario a los derechos de primera generación, es decir, para compensar las desigualdades naturales creadas por las ventajas y desventajas de clases, etnia y religión que caracterizan a las diferencias sociales de los individuos desde su propio nacimiento. Se pedía así que el Estado garantizase el acceso a la educación, el trabajo, la salud, la protección social, etc., creando las condiciones sociales que posibilitasen un ejercicio real de las libertades en una sociedad donde no todos los hombres nacen iguales.

Los derechos de la solidaridad constituyen una tercera generación propia de la segunda mitad del siglo XX. Aparecen en forma de declaraciones sectoriales que protegen los derechos de colectivos discriminados grupos de edad, minorías étnicas o religiosas, países del Tercer Mundo, que se ven afectados por alguna de las múltiples manifestaciones que cobra la discriminación económica social. En las dos últimas décadas, estos derechos han ido cobrando un papel cada vez más importante y gracias a ellos se han desarrollado el concepto de diálogo Norte-Sur, el respeto y la conservación de la diversidad cultural, la protección del medio ambiente, la conservación del patrimonio cultural la humanidad, etc.

Lo que denomino ‘cuarta generación' de los derechos humanos será la expansión del concepto de ciudadanía digital, que presenta tres dimensiones. En primer lugar, como ampliación de la ciudadanía tradicional, enfatizando los derechos que tienen que ver con el libre acceso y uso de información y conocimiento, así como con la exigencia de una interacción más simple y completa con las Administraciones Públicas a través de las redes telemáticas. En segundo lugar, ciudadanía entendida como lucha contra la exclusión digital, a través de la inserción de colectivos marginales en el mercado de trabajo en una Sociedad de la Información (SI) (políticas de profesionalización y capacitación). Por último, como un elemento que exige políticas de educación ciudadana, creando una inteligencia colectiva que asegure una inserción autónoma a cada país en un mundo globalizado.

Al entrar en juego un nuevo elemento definidor de la ciudadanía, asistimos a la aparición de nuevos valores, derechos y estructuras sociales que se encuentran actualmente en un período de incubación; nuevas formas de interrelación humana amplificadas por la tecnología, nuevas comunidades virtuales cuyo criterio de pertenencia de adscripción no es el territorio, ni la lengua compartida, sino un nuevo modelo visionario de la sociedad que encuentra en la comunicación no presencial un elemento de unión entre individuos. Todo ello nos lleva a la consideración de una nueva comprensión de los derechos humanos, que reflexione constantemente sobre el sentido de la relación entre los desarrollos técnicos y el entorno humano. La influencia de la tecnología informática sobre el mundo de la cultura puede además dotar de significado a un conjunto de principios éticos que sin ella acabarían siendo poco más que una voluntariosa declaración de intenciones. Esta es la base que me ha llevado a sugerir la necesidad de postular la existencia de una cuarta generación de derechos humanos (Bustamante, 2001).