jueves, 7 de marzo de 2013
Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información
Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la
Información
La Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (CMSI)
fue un evento internacional organizado por la Unión Internacional de
Telecomunicaciones (UIT) centrado en los aspectos sociales de la Sociedad de la Información.Segunda sesión
plenaria y preliminar de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información,
18 al 25 de febrero de 2005. Edificio de la ONU en Ginebra, Suiza.
Objetivo
Eliminar la brecha digital (digital divide en inglés)
existente en el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones en el
mundo, específicamente las Telecomunicaciones e Internet,
y preparar planes de acción y políticas para reducir dicha desigualdad.
Participantes
Gobiernos nacionales, el sector privado, organizaciones representantes
de la sociedad civil, Naciones Unidas y sus
organismos especializados.La cumbre tuvo dos fases:
Primera fase de la CMSI: realizada del 10 al 12 de diciembre de 2003. En
la cual se adoptó una Declaración de Principios y un Plan de Acción. La sede
elegida fue Ginebra(Suiza); y
La Segunda fase de la CMSI: realizada del 16 al 18 de noviembre de 2005,
en Túnez.
Antecedentes
En la Declaración del Milenio Naciones
Unidas establece, entre otros principios, una serie de decisiones tomadas
respecto a la eliminación de la pobreza en el mundo, las acciones a tomar
consideran la eliminación de la Brecha Digital, como uno de los objetivos
importantes en la lucha contra el subdesarrollo. Algunos de estos dicen:
I. Valores y principios:
6. Consideramos que determinados valores fundamentales son esenciales para las relaciones internacionales en el siglo XXI:
.
• La igualdad. No debe negarse a ninguna persona ni a ninguna nación la posibilidad de beneficiarse del desarrollo. Debe garantizarse la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres.
.
III. El desarrollo y la erradicación de la pobreza:
.
11. No escatimaremos esfuerzos para liberar a nuestros semejantes, hombres, mujeres y niños, de las condiciones abyectas y deshumanizadoras de la pobreza extrema, a la que en la actualidad están sometidos más de 1.000 millones de seres humanos. Estamos empeñados en hacer realidad para todos ellos el derecho al desarrollo y a poner a toda la especie humana al abrigo de la necesidad.
.
20. Decidimos también:
.
• Elaborar y aplicar estrategias que proporcionen a los jóvenes de todo el mundo la posibilidad real de encontrar un trabajo digno y productivo.
.
• Velar por que todos puedan aprovechar los beneficios de las nuevas tecnologías, en particular de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, conforme a las recomendaciones formuladas en la Declaración Ministerial 2000 del Consejo Económico y Social.
6. Consideramos que determinados valores fundamentales son esenciales para las relaciones internacionales en el siglo XXI:
.
• La igualdad. No debe negarse a ninguna persona ni a ninguna nación la posibilidad de beneficiarse del desarrollo. Debe garantizarse la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres.
.
III. El desarrollo y la erradicación de la pobreza:
.
11. No escatimaremos esfuerzos para liberar a nuestros semejantes, hombres, mujeres y niños, de las condiciones abyectas y deshumanizadoras de la pobreza extrema, a la que en la actualidad están sometidos más de 1.000 millones de seres humanos. Estamos empeñados en hacer realidad para todos ellos el derecho al desarrollo y a poner a toda la especie humana al abrigo de la necesidad.
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20. Decidimos también:
.
• Elaborar y aplicar estrategias que proporcionen a los jóvenes de todo el mundo la posibilidad real de encontrar un trabajo digno y productivo.
.
• Velar por que todos puedan aprovechar los beneficios de las nuevas tecnologías, en particular de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, conforme a las recomendaciones formuladas en la Declaración Ministerial 2000 del Consejo Económico y Social.
La Resolución 73 de la Conferencia de Plenipotenciarios de la UIT
(Minneapolis, 1998) resolvió encargar al Secretario General de la UIT (Unión
Internacional de Telecomunicaciones), inscribir en el orden del día del Comité
Administrativo de Coordinación (CAC), que pasó a denominarse Junta de Jefes
Ejecutivos del Sistema de las Naciones Unidas para la Coordinación (CEB), la
cuestión de la celebración de una Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la
Información, e informar al ente directivo de la UIT, el Consejo, sobre los
resultados de dicha consulta. El Secretario General indicó en su informe a la
sesión del Consejo de 1999, que el CAC tuvo una reacción positiva y que la
mayoría de las otras organizaciones y organismos especializados de Naciones
Unidas expresaron interés en asociarse con la preparación y la celebración de
la Cumbre. Se decidió que la Cumbre sería celebrada bajo los auspicios de la
Secretaría General de la ONU, y que la UIT asumiría la intervención principal
en los preparativos.
En 2001, el Consejo de la UIT decidió celebrar una Cumbre en dos etapas,
la primera en Ginebra (Suiza), del 10 al 12 de diciembre
de 2003; y la segunda en Túnez,
en 2005.
En la Resolución 56/183 de la Asamblea General de las Naciones
Unidas se aprobó el marco de la Cumbre adoptado por el Consejo
de la UIT así como la función principal de la Unión en la Cumbre y su proceso
preparatorio, en cooperación con otras organizaciones y asociados interesados.
La resolución encomienda que se encarguen los preparativos de la Cumbre
a un Comité preparatorio intergubernamental de composición abierta, que
establecería el programa de la Cumbre, decidiría las modalidades de
participación de otros interesados en la Cumbre y concluiría la redacción del
proyecto de declaración y el proyecto del plan de acción. Se invita a la UIT a
asumir la función administrativa principal de la Secretaría Ejecutiva de la
Cumbre y, así mismo, se invita a los gobiernos a participar activamente en el
proceso preparatorio de la Cumbre y a enviar a ella representantes del más alto
nivel.
Finalmente, en la resolución la Asamblea General
alienta asimismo a todos los organismos competentes de las Naciones Unidas y,
en particular, al grupo especial de las Naciones Unidas sobre las TIC, a
aportar contribuciones. Alienta además a otras organizaciones
intergubernamentales y, en particular, a las instituciones internacionales y
regionales, las organizaciones no gubernamentales, la sociedad civil y el
sector privado; a participar activamente en el proceso preparatorio
intergubernamental de la Cumbre y en la propia Cumbre.
Esquemas Resumenes
Esquemas Resumenes
Bibliografia
Bibliografia
Libros:
1. Estudios Sociales y Cívica, Santillana, 2° edición, Luis Beral
Paginas Web:
1. http://sociedadinformacion.fundacion.telefonica.com/seccion=1266&idioma=es_ES&id=2010110411480001&activo=6.do
2. http://www.lostiempos.com/diario/opiniones/columnistas/20110919/los-derechos-de-cuarta-generacion_142330_292911.html
3. http://es.wikipedia.org/wiki/Cumbre_Mundial_sobre_la_Sociedad_de_la_Informaci%C3%B3n
Libros:
1. Estudios Sociales y Cívica, Santillana, 2° edición, Luis Beral
Paginas Web:
1. http://sociedadinformacion.fundacion.telefonica.com/seccion=1266&idioma=es_ES&id=2010110411480001&activo=6.do
2. http://www.lostiempos.com/diario/opiniones/columnistas/20110919/los-derechos-de-cuarta-generacion_142330_292911.html
3. http://es.wikipedia.org/wiki/Cumbre_Mundial_sobre_la_Sociedad_de_la_Informaci%C3%B3n
Actividades
Para Comenzar (pag. 190)
¿Que condiciones son indispensables para garantizar el derecho a la igualdad de acceso a la información?
R/ Un esparcimiento ecualitario de la tecnología.
¿Que utilidad tiene el derecho a la igualdad de acceso a la información en la vida de los ciudadanos?
R/ Todos conocen acerca de las leyes y de como son sus impuestos utilizados.
Actividades (pag. 191)
¿Que condiciones son indispensables para garantizar el derecho a la igualdad de acceso a la información?
R/ Un esparcimiento ecualitario de la tecnología.
¿Que utilidad tiene el derecho a la igualdad de acceso a la información en la vida de los ciudadanos?
R/ Todos conocen acerca de las leyes y de como son sus impuestos utilizados.
Actividades (pag. 191)
Pregunta
|
Compañero 1
|
Compañero 2
|
¿Tienes computadora en tu casa?
|
S
|
S
|
¿La computadora tiene acceso a
internet?
|
S
|
S
|
¿Cuántas veces a la semana accedes a
internet?
|
4
veces al día
|
5
veces al día
|
¿Tienes correo electrónico?
|
S
|
S
|
¿Envías tareas por correo electrónico?
|
S
|
N
|
Pregunta
|
Profesor 1
|
Profesor 2
|
¿Tienes computadora en tu casa?
|
S
|
S
|
¿La computadora tiene acceso a
internet?
|
S
|
S
|
¿Cuántas veces a la semana accedes a
internet?
|
6
veces al día
|
7
veces al día
|
¿Conocen sus estudiantes su correo electrónico?
|
N
|
N
|
¿Cómo calificarías el acceso y uso de
la tecnología entre tus compañeros y profesores?
R/ Ambas
partes utilizan el internet repetidas veces diariamente para diversos usos
tanto educativos como sociales.
¿Qué condiciones se cumplen para
afirmar que no existe una brecha digital en el país?
R/ Actualmente no se puede decir que el país está
en su totalidad inmersa en la tecnología porque hay grupos que no son capaces
de accesar a estas.
Tecnologia y Participacion Politica
Tecnología y participación
política

Frente a este panorama
existen dos posibles consecuencias con respecto a los derechos humanos: En
primer lugar, la vía hacia la ‘hipociudadanía', es decir, la eliminación
paulatina de la conciencia ciudadana y el desinterés por el ejercicio de nuevos
derechos, a través de varias dinámicas políticas: aumento del control social,
expansión de la informática a través de estándares propietarios, monopolización
de los estándares de hardware, software y patrones de comunicaciones,
promoción de un uso simplemente lúdico de las TIC (incluyendo la expansión del
sector de las consolas y los videojuegos), fomento de un uso superficial y no
comprometido de las redes sociales virtuales, etc. En esta dinámica está claro
que el equilibrio entre ciudadanos e instituciones centralizadas se decantaría
claramente a favor de éstas, dando lugar a un conocimiento centralizado y a
unos flujos de información masivamente unidireccionales -del centro a la
periferia-.
En segundo lugar, existe
una vía posible hacia una ‘hiperciudadanía', un ejercicio más profundo de la
participación política, que podríamos llamar ‘ciudadanía digital' y que nos
alejaría de la actitud nihilista y escéptica que acaba siendo inevitable en la
dinámica anterior. Implica una exigencia de ejercicio más pleno de los derechos
ya consolidados, así como el acceso a derechos intermedios que permitirían
nuevas expresiones de ‘metaderechos'. La hiperciudadanía es la consecuencia de
una dinámica de implantación de los derechos de cuarta generación, a saber:
- La apropiación social de la tecnología, lo que supone emplear ésta para fines no sólo de excelencia técnica sino también de relevancia social; además, favorece el uso de la tecnología para fines diferentes de los propuestos por sus promotores, en ocasiones contrapuestos a los ‘oficiales', dando lugar a formas contraculturales de diferente signo.
- La utilización consciente del impacto de las TIC sobre la democracia, avanzando desde sus actuales formas representativas hacia nuevas formas de democracia participativa.
- La expansión de una serie de derechos intermedios, que incluye el acceso universal y barato a la información, a la difusión de ideas y creencias sin censura ni fronteras y a través de las redes, así como el acceso permanente al ciberespacio a través de redes abiertas y de un espectro abierto (Open Spectrum).
- La promoción de políticas de inclusión digital, entendiendo como derecho a la inclusión no el simple acceso a la compra de productos y servicios informáticos, sino la creación de una inteligencia colectiva que actúe como recurso estratégico a la hora de insertar una comunidad o un país en un entorno globalizado.
- El derecho a disfrutar de servicios de gobierno electrónicos que acerquen la gestión de los asuntos públicos a los ciudadanos.
- La defensa del concepto de ‘procomún' (commons, bienes comunes), conservando espacios de desarrollo humano cuya gestión no esté sometida a las leyes del mercado y al arbitrio de los especuladores.
- La extensión de la lucha contra la exclusión digital a otras brechas históricas de carácter cultural, económico, territorial y étnico que frenan en la práctica el ejercicio de una plena ciudadanía digital.
- La protección frente a políticas de control y actividades de las instituciones de vigilancia social. Por extensión, protección frente al ejercicio de un biopoder (un poder ejercido tanto en la esfera macrosociales como en la microsocial) potenciado por un uso institucional de las TIC.
- La apuesta por el software libre, el conocimiento libre y el desarrollo de múltiples formas de cultura popular, con el objetivo de la consolidación de una esfera pública interconectada.
- Por último, el derecho a participar en el diseño de tecnologías que afectan a nuestras vidas, así como en la evaluación previa de las posibles consecuencias de su implantación.
- La apropiación social de la tecnología, lo que supone emplear ésta para fines no sólo de excelencia técnica sino también de relevancia social; además, favorece el uso de la tecnología para fines diferentes de los propuestos por sus promotores, en ocasiones contrapuestos a los ‘oficiales', dando lugar a formas contraculturales de diferente signo.
- La utilización consciente del impacto de las TIC sobre la democracia, avanzando desde sus actuales formas representativas hacia nuevas formas de democracia participativa.
- La expansión de una serie de derechos intermedios, que incluye el acceso universal y barato a la información, a la difusión de ideas y creencias sin censura ni fronteras y a través de las redes, así como el acceso permanente al ciberespacio a través de redes abiertas y de un espectro abierto (Open Spectrum).
- La promoción de políticas de inclusión digital, entendiendo como derecho a la inclusión no el simple acceso a la compra de productos y servicios informáticos, sino la creación de una inteligencia colectiva que actúe como recurso estratégico a la hora de insertar una comunidad o un país en un entorno globalizado.
- El derecho a disfrutar de servicios de gobierno electrónicos que acerquen la gestión de los asuntos públicos a los ciudadanos.
- La defensa del concepto de ‘procomún' (commons, bienes comunes), conservando espacios de desarrollo humano cuya gestión no esté sometida a las leyes del mercado y al arbitrio de los especuladores.
- La extensión de la lucha contra la exclusión digital a otras brechas históricas de carácter cultural, económico, territorial y étnico que frenan en la práctica el ejercicio de una plena ciudadanía digital.
- La protección frente a políticas de control y actividades de las instituciones de vigilancia social. Por extensión, protección frente al ejercicio de un biopoder (un poder ejercido tanto en la esfera macrosociales como en la microsocial) potenciado por un uso institucional de las TIC.
- La apuesta por el software libre, el conocimiento libre y el desarrollo de múltiples formas de cultura popular, con el objetivo de la consolidación de una esfera pública interconectada.
- Por último, el derecho a participar en el diseño de tecnologías que afectan a nuestras vidas, así como en la evaluación previa de las posibles consecuencias de su implantación.
En particular, existen
tres elementos que inciden en el desarrollo de esta ciudadanía digital: en
primer lugar, la relación entre derechos intermedios y metaderechos; en segundo
lugar, la relación entre poder comunicacional como forma de biopoder y la
ciudadanía digital, y en tercer lugar, el concepto de Red como ecosistema y
como procomún (Benkler & Ostrom), dos formas de enfrentar un contra-poder
social al citado poder comunicacional, que dan lugar a la aparición de las
‘comunidades virtuales' como manifestación de procesos de socialización de la
innovación y de creación de ‘conocimiento periférico'. Veamos cada uno de
ellos.
Ciudadania, Derechos Humanos y Redes Digitales
Ciudadanía, derechos
humanos y redes digitales
La cuestión de los
derechos humanos ha tenido históricamente dos marcos fundamentales. Por un
lado, es un problema clásico de la filosofía política: es la dimensión
comunitaria del ser humano la que dicta la necesidad de marcar los límites de
la convivencia entre iguales, del alcance de la acción de unos hombres frente a
otros.
Quizá debería haber
dicho que se trata más de un problema moderno que de uno clásico. Para Platón y
Aristóteles, la sociedad es reflejo de un orden natural donde la jerarquía, el
orden de las esencias, es garantía de buen funcionamiento. La democracia griega
era un sistema de castas donde los derechos de cada uno estaban claramente
delimitados por los roles sociales de cada cual. Los hombres no nacían iguales
y la posición social de cada uno estaba asociada a la nobleza de su cuna. En
Oriente, Confucio también resuelve la cuestión de una forma similar: la
sociedad es justa cuando ‘cada cosa es lo que su nombre dice'. De nuevo el
orden jerárquico, la búsqueda de una sociedad perfectamente estructurada,
evitaba la reflexión sobre los derechos humanos.
Tuvo que llegar la
Ilustración para plantearse la génesis de la sociedad desde un ‘estado de
naturaleza' donde los hombre son iguales, donde aún no aparecen las diferencias
sociales basadas en la riqueza o el poder. El paso de este estado de naturaleza
a un estado civil necesita postular unas razones sólidas por las cuales los
seres humanos deben desear asociarse. Nace así, con la Ilustración, la noción
de ‘contrato social', que define lo que cada individuo está dispuesto a ceder
para disfrutar del refugio de la comunidad. Sólo en este contexto tiene sentido
hablar de derechos y obligaciones en sentido pleno. Son las llamadas
‘constituciones' o formas de gobierno que apelan a una legitimidad basada en
dicho equilibrio de derechos y obligaciones. En este equilibrio se basa el
concepto de ciudadanía.
El segundo marco quedó
delineado por la filosofía y, más específicamente, por la metafísica. Es la
discusión acerca de la naturaleza humana. Si el ser humano tiene una forma de
ser que le corresponde en tanto que tal, habrá una serie de atribuciones que le
corresponderán independientemente del marco social o temporal en el que su vida
se desenvuelva.
Parece una forma
atractiva de fundamentar los derechos humanos, sobre todo cuando se apela a la
existencia de una supuesta ley natural. El problema nace cuando la definición
de ser humano ha venido dictada históricamente por el poder político y el
religioso y se ha utilizado casi ininterrumpidamente a lo largo de la historia
para condenar con un juicio inapelable todas aquellas conductas que podrían
hacer tambalear al sistema. Por tanto, basar los derechos humanos en una
supuesta naturaleza humana, como si fuera algo inmutable, trascendente,
definida por poderes sobrenaturales, no es sino una proyección al ámbito de la
ética de un mecanismo de control social que coloca la jaula en el corazón del
hombre. Nuestra esencia no se define apenas en términos biológicos, ni viene
predeterminada por una herencia genética. Nuestro ser consiste en transcurrir;
y por ello es la existencia, la biografía individual y colectiva la que define
a fin de cuentas nuestra esencia.
En este ambiente
metafísico, la tecnología ha sido vista con recelo como una realidad opuesta a
la naturaleza humana. La distinción entre lo natural y lo artificial,
esencialmente en un contexto cultural judeocristiano, ha tenido frecuentemente
un tinte de ‘lucha del bien contra el mal'. Salimos del paraíso por comer el
fruto del Árbol de la Ciencia, jugamos con fuego cuando usurpamos las
atribuciones creadoras de Dios; si la técnica transforma el mundo, lo
perfecciona; eso quiere decir que la Creación es imperfecta, por lo que el
hombre comete un pecado de soberbia al intentar mejorar lo que Dios ha hecho.
Son todas ellas proposiciones que permanecen soterradas en un rancio imaginario
colectivo.
En contraposición a esta
visión tradicional, Ortega y Gasset tuvo la clarividencia de entender la
técnica como una sobre naturaleza para el hombre, una suerte de gran aparato
ortopédico que nos permitía vivir la realidad, una forma de humanizar un mundo
inhóspito, descarnado y poco acogedor. Si el resto de los seres vivos
evolucionan adaptándose al ambiente, nuestra forma natural de evolucionar sería
la opuesta: adaptar el mundo al hombre, humanizarlo. No creo, en definitiva,
que sea particularmente interesante seguir una vía ontológica para plantear las
preguntas claves sobre la relación entre derechos humanos, la ciudadanía y la
tecnología.
La cuestión es cómo enlazar la ciudadanía y los derechos humanos con un fenómeno de naturaleza puramente tecnológica, como es el de las redes digitales, y esta es la base a partir de la cual he elaborado una nueva argumentación.
La cuestión es cómo enlazar la ciudadanía y los derechos humanos con un fenómeno de naturaleza puramente tecnológica, como es el de las redes digitales, y esta es la base a partir de la cual he elaborado una nueva argumentación.
Estamos acostumbrados a
entender la tecnología como una dimensión instrumental de la realidad humana.
Desde este punto de vista, las tecnologías son elementos de mediación con la
realidad. Amplían el alcance de nuestras posibilidades de acción, multiplican
su impacto sobre la naturaleza. En definitiva, todo lo relacionado con lo
técnico supone, en gran medida, implementar formas de control y garantizar un
mayor grado de cumplimiento de unos objetivos, ya sean individuales o
colectivos, culturales o económicos, militares o productivos. Por lo tanto,
hablamos de una tecnología aparentemente instrumental y neutra, ya que los
objetivos y al ideario a los que sirve vienen definidos por el ámbito de la
ética y de la política.
En definitiva, la visión
instrumental de la tecnología nos lleva a pensar que cualquier tipo de
constitución política, cualquier tipo de ciudadanía, es compatible con
cualquier sistema tecnológico; que la democracia es ajena a ciertas decisiones
estratégicas acerca del sistema energético, comunicacional y productivo que
caracterizan nuestra sociedad.
Nada más lejos de la
realidad. Las tecnologías actuales no son simples instrumentos que facilitan la
realización de un fin previo al diseño de las mismas. Exceden cualquier
explicación puramente instrumental, pues en su aplicación por parte de los
usuarios se descubren nuevas potencialidades, nuevas posibilidades
emancipadoras... o también más sofisticadas formas de control no previstas
inicialmente. Proyectamos un horizonte de interpretación sobre las tecnologías
que usamos, de forma que las dotamos de significados que varían de un grupo
social a otro, y de un individuo a otro dentro de cada grupo social.
El fenómeno humano no
puede ser entendido fuera de su diálogo necesario con la tecnología. Nada está
transformando tanto la realidad humana como la tecnociencia en todas sus
facetas. Los conceptos de ‘natural' y ‘artificial' se solapan y complementan
continuamente y se van modulando entre sí a lo largo de la historia.
Muchos desean todavía
hoy mantener en pie ciertas mitologías basadas en la existencia de un supuesto
orden natural en el que se basaría el orden social. Esta apelación a la
naturaleza del hombre, a la naturaleza de los derechos humanos y al propio
concepto de ciudadanía está presente, en el fondo, en casi todo el pensamiento
político occidental. Investigar qué es la ciudadanía supondría, por tanto,
profundizar en la naturaleza humana y en el orden natural que debe ser
respetado para que la armonía reine como el elemento base de la convivencia entre
los hombres.
Buscar las raíces de la
ciudadanía en la naturaleza humana es expresión de otra versión más actual de
la ‘mentira noble' platónica, según la cual era deseable convencer a los
hombres de que la clase social a la que pertenecían era consecuencia del tipo
de materia prima de la que estaban hechos. Por tanto, sólo cabía aceptar la
pirámide social y el orden político basado en un orden natural. No habría
derechos humanos como tales, sino prebendas propias del rango social que uno
por derecho de cuna ocupaba.
Igual que las clases
sociales, los saberes en el paradigma actual también deben estar bien definidos
y compartimentados: a un problema político, una solución política; a un
problema técnico, una solución técnica. Es una expresión del pensamiento
dicotómico que perpetúa la separación de las dos culturas, la humanística y la
técnica.
Sin embargo, unir en un
mismo contexto ciudadanía y redes digitales muestra la importancia que tiene el
entorno de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) para
redefinir desde una perspectiva multidisciplinar algunos de los conceptos
básicos de la filosofía política. Ese entorno, al que Benkler denomina
‘ecosistema' digital, no se limita a ser un instrumento de control social, ni
tampoco una herramienta que aumenta la eficacia de las formas de comunicación
que han caracterizado a la sociedad industrial. De hecho, este ecosistema es el
campo de batalla donde se libran algunas de las luchas más significativas por
los derechos humanos.
Los Derechos de Cuarta Generacion
Los Derechos de Cuarta Generación
Palabras clave: Derechos humanos, Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), Redes digitales, Ciudadanía, Participación política
Palabras clave: Derechos humanos, Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), Redes digitales, Ciudadanía, Participación política
Los derechos civiles y
políticos de primera generación inciden sobre la expresión de libertad de los
individuos y proceden de la tradición constitucionalista liberal. Estos derechos
están recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y
los Pactos internacionales de 1966, a saber: el de los Derechos Civiles y
Políticos y el de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
El derecho a la dignidad
de la persona y a su autonomía y libertad frente al Estado, su integridad
física, las garantías procesales, son derechos propios de la filosofía de la
Ilustración y base del contrato social. Se limita así el poder del Estado
frente los individuos, estableciendo un equilibrio entre institución y
ciudadanos.
¿Una cuarta generación
de derechos humanos?
Los derechos de segunda
generación se incorporan a partir de una tradición de pensamiento humanista y
socialista. Son de naturaleza económica y social e inciden sobre la expresión
de igualdad de los individuos, exigiendo la intervención del Estado para
garantizar una acceso igualitario a los derechos de primera generación, es
decir, para compensar las desigualdades naturales creadas por las ventajas y
desventajas de clases, etnia y religión que caracterizan a las diferencias
sociales de los individuos desde su propio nacimiento. Se pedía así que el
Estado garantizase el acceso a la educación, el trabajo, la salud, la
protección social, etc., creando las condiciones sociales que posibilitasen un
ejercicio real de las libertades en una sociedad donde no todos los hombres
nacen iguales.
Los derechos de la
solidaridad constituyen una tercera generación propia de la segunda mitad del
siglo XX. Aparecen en forma de declaraciones sectoriales que protegen los
derechos de colectivos discriminados grupos de edad, minorías étnicas o
religiosas, países del Tercer Mundo, que se ven afectados por alguna de las
múltiples manifestaciones que cobra la discriminación económica social. En las
dos últimas décadas, estos derechos han ido cobrando un papel cada vez más
importante y gracias a ellos se han desarrollado el concepto de diálogo
Norte-Sur, el respeto y la conservación de la diversidad cultural, la
protección del medio ambiente, la conservación del patrimonio cultural la
humanidad, etc.
Lo que denomino ‘cuarta
generación' de los derechos humanos será la expansión del concepto de
ciudadanía digital, que presenta tres dimensiones. En primer lugar, como
ampliación de la ciudadanía tradicional, enfatizando los derechos que tienen
que ver con el libre acceso y uso de información y conocimiento, así como con
la exigencia de una interacción más simple y completa con las Administraciones
Públicas a través de las redes telemáticas. En segundo lugar, ciudadanía
entendida como lucha contra la exclusión digital, a través de la inserción de
colectivos marginales en el mercado de trabajo en una Sociedad de la
Información (SI) (políticas de profesionalización y capacitación). Por último,
como un elemento que exige políticas de educación ciudadana, creando una
inteligencia colectiva que asegure una inserción autónoma a cada país en un
mundo globalizado.
Al entrar en juego un
nuevo elemento definidor de la ciudadanía, asistimos a la aparición de nuevos
valores, derechos y estructuras sociales que se encuentran actualmente en un
período de incubación; nuevas formas de interrelación humana amplificadas por
la tecnología, nuevas comunidades virtuales cuyo criterio de pertenencia de
adscripción no es el territorio, ni la lengua compartida, sino un nuevo modelo
visionario de la sociedad que encuentra en la comunicación no presencial un
elemento de unión entre individuos. Todo ello nos lleva a la consideración de
una nueva comprensión de los derechos humanos, que reflexione constantemente
sobre el sentido de la relación entre los desarrollos técnicos y el entorno
humano. La influencia de la tecnología informática sobre el mundo de la cultura
puede además dotar de significado a un conjunto de principios éticos que sin
ella acabarían siendo poco más que una voluntariosa declaración de intenciones.
Esta es la base que me ha llevado a sugerir la necesidad de postular la
existencia de una cuarta generación de derechos humanos (Bustamante, 2001).
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